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Informes periciales que acreditan el daño

El juzgado no puede valorar lo que no está documentado. Un informe pericial traduce lo que has vivido en una prueba técnica: qué daño hay, de qué intensidad y por qué causa.

El peritaje es el proceso especializado que permite evaluar el daño psíquico y establecer su relación de causalidad con la situación vivida. Es la prueba que rebate el argumento más habitual de la parte contraria: que tu baja tiene causa común y no profesional, o que el malestar viene de circunstancias ajenas al trabajo.

En materia de acoso, el informe pericial suele ser la diferencia entre un relato creíble y un hecho acreditado. Y en los procedimientos por vulneración de la normativa de prevención, es lo que permite conectar la conducta de la organización con el daño concreto sufrido.

Qué peritamos

Tipos de informe

Pericial psicológica

Evaluación del estado psicológico, sintomatología, intensidad del daño y compatibilidad del cuadro con la exposición al acoso descrito.

Pericial médico-forense

Valoración desde la psiquiatría forense: diagnóstico, evolución, secuelas y determinación del origen profesional o común del cuadro.

Contrainforme

Análisis crítico de un informe aportado por la parte contraria, señalando defectos de metodología, alcance o conclusiones.

La Fundación cuenta con la Dra. Mayte Lázaro, psiquiatra forense y criminóloga, doctora en Medicina y miembro del Servicio de Peritaciones del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Valencia.

Proceso

Cómo se elabora

  1. Encargo y viabilidad

    Revisamos la documentación disponible y te decimos si el peritaje aporta algo en tu caso. Si no lo aporta, te lo decimos.

  2. Exploración

    Entrevista clínica en profundidad y aplicación de las pruebas psicométricas que procedan, con control de la validez de las respuestas.

  3. Análisis documental

    Historia clínica, partes de baja, informes previos, comunicaciones laborales y cronología de los hechos.

  4. Informe y ratificación

    Informe escrito con metodología, hechos, resultados y conclusiones. Y ratificación en sala si el juzgado lo requiere.

Estructura

Qué contiene el informe

Un informe pericial no es una carta de opinión profesional. Tiene una estructura exigible, y los defectos de estructura son lo primero que ataca la parte contraria:

  • Objeto del informe — la pregunta concreta que se pide responder, formulada sin ambigüedad
  • Metodología — qué entrevistas se han hecho, qué pruebas se han aplicado y por qué esas y no otras
  • Documentación analizada — relación completa de lo examinado, con fechas
  • Antecedentes y cronología — los hechos relevantes ordenados en el tiempo
  • Exploración y resultados — hallazgos clínicos y puntuaciones, con control de la validez de las respuestas
  • Discusión — hipótesis alternativas consideradas y por qué se descartan; sin esto el informe es indefendible
  • Conclusiones — numeradas, respondiendo una a una a las preguntas del objeto
  • Identificación y firma del perito, con titulación y número de colegiado

Qué mirar

Errores que invalidan un peritaje

No valorar la simulación

Si el informe no aplica ningún control de validez, la parte contraria alegará que la persona exageró los síntomas. Es el ataque más previsible y el más fácil de evitar.

Confundir tratar con peritar

Un informe firmado por quien lleva meses tratando a la persona tiene un vínculo terapéutico que compromete su apariencia de imparcialidad.

Concluir sobre lo jurídico

El perito no puede afirmar que «hubo acoso»: eso lo decide el juzgado. Puede establecer el daño y su compatibilidad con los hechos descritos.

No descartar otras causas

Sin analizar antecedentes ni factores estresores ajenos al trabajo, la relación de causalidad queda abierta y el informe pierde su utilidad.

Si ya tienes un informe y dudas de alguno de estos puntos, podemos revisarlo antes de que lo aportes. Es más barato corregir que rehacer.

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

¿Cuándo hace falta un informe pericial?

Cuando hay que acreditar un daño psíquico y su relación con la situación de acoso, y muy especialmente cuando la parte contraria sostiene que la baja tiene causa común. También es determinante en reclamaciones de daños y en procedimientos de determinación de contingencia.

¿Sirve el informe de mi psicólogo o de mi médico de cabecera?

Ayuda, pero no es lo mismo. Un informe asistencial documenta el tratamiento; un informe pericial responde a las preguntas concretas que el juzgado necesita resolver, con metodología forense y control de validez. Lo habitual es aportar ambos.

¿El perito tiene que ir al juicio?

Si alguna de las partes lo solicita, sí, y es una parte esencial del trabajo: un informe que no se ratifica pierde fuerza probatoria. Nuestros peritos ratifican en sala.

¿Puede peritarme la misma persona que me trata?

No es recomendable. Quien trata tiene un vínculo terapéutico que compromete la apariencia de imparcialidad del peritaje. Separar ambas funciones protege la validez del informe.

¿Necesitas un informe pericial?

Cuéntanos en qué punto está el procedimiento y qué documentación tienes. Te decimos si el peritaje aporta.

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